domingo, 7 de diciembre de 2008

A quien pueda interesar



Uno de mis propósitos al escribir este blog es estimular a otros padres a compartir sus historias acerca de sus infortunios con el sistema de cortes de familia. Para guiar con el ejemplo, permítanme compartir mi historia.

En agosto de 2002, me mudé de Puerto Rico a Nueva Jersey con mi ex-esposa. Durante los últimos meses del 2003, debido a mi infertilidad, comenzamos un proceso de adopción. En abril 18 del 2004, mi hija Sofía nació, y diez días después de su nacimiento la llevamos a nuestra casa; el año siguiente, en julio 21 del 2005, se completó la adopción. El mes siguiente, en agosto 28 del 2006, mi ex-esposa me dice que quería terminar nuestro matrimonio. Mi ex-esposa abandonó el apartamento que compartíamos en marzo 18 del 2006, llevándose con ella a nuestra hija, sin mi consentimiento. Desde entonces, he tratado de convencerla que la custodia física y legal compartida es lo mejor para nuestra hija y para nosotros, pero ella rechaza la idea porque ella no cree en el concepto de custodia compartida. Para romper el impasse en el cual nos encontrábamos, en septiembre del 2006 sometí una moción pidiendo una orden de la corte para una Evaluación de los Mejores Intereses (Best Interest Evaluation) y una Evaluación de Custodia y Visitación (Custody Visitation Evaluation). Yo esperaba que esta evaluación le diera a la corte criterios para adjudicar la custodia. La moción fue denegada en octubre 20, e inesperadamente porque la custodia no estaba en cuestión, ese mismo día el juez Claude Coleman decidió la custodia y adjudicó a ambos la custodia legal compartida a ambos y la custodia física a mi ex-esposa. Apelé la decisión en diciembre 1ero del 2006, y mi apelación fue denegada por los jueces Gilroy y Lihotz de la División de Apelaciones en agosto 9 del 2007. Sometí entonces una petición de certificación ante Corte Suprema, y fue denegada en febrero 4 del 2008, con el juez Stuart Rabner como testigo.

Yo objeto esta decisión por varias razones. Primero, la orden de custodia ignora la política pública del estado, que favorece la custodia compartida. Segundo, la orden muestra que la corte desconocía o ignoró los datos básicos del caso. Tercero, el hecho de que Sofía es adoptada hace que custodia física sea indispensable para relación paterno-filial saludable.

La política pública del estado de Nueva Jersey es favorecer los acuerdos de custodia compartida. Mi caso cumple las condiciones para tal acuerdo: ambos padres son competentes, ambos tiene una estrecha relación con la niña, viven cerca el uno del otro, ambos pueden cooperar uno con el otro, y ambos quieren aceptar la custodia. Para negarle a un padre la custodia de sus hijos, tiene que demostrarse que el padre es incompetente, y éste no es el caso. Por el contrario, la misma corte que me negó la custodia, afirmó la capacidad de ambos padres.

La decisión adjudicando la custodia física de mi hija a mi ex-esposa se basó en un absoluto desconocimiento del caso. En el Final Dual Judgment of Divorce (enero 2007), el juez Claude Coleman, se refiere a mi ex-esposa como “la madre natural” de Sofía, que la había lactado, cuando desde el principio del proceso se había afirmado claramente que Sofia es adoptada y por lo tanto, mi ex-esposa no era su madre natural, y era biológicamente imposible para ella lactar a Sofía. No sólo eso, sino que la corte inventa especulaciones sobre quién había estado el encargado primario de la niña antes de la separación, y sobre cuán fuerte era el vínculo entre mi hija y yo. Esta errónea afirmación revela una de tres cosas igualmente terrible: que el juez mintió acerca del caso, que él no tenía ningún conocimiento del caso con el que estaba tratando, o peor que eso, que no lee; caso no le interesaba lo suficiente como para adquirir ese conocimiento. Todas estas opciones requieren que se revierta la adjudicación de la custodia basada en tal incompetencia y falta de conocimiento. Evidencia de esto fue sometida a los jueces Gilroy y Lihotz de la división de Apelaciones y al juez Rabner de la Corte Suprema, y ellos deliberadamente la ignoraron, siguiendo la ley no escrita de “una mano lava la otra”.

El hecho de que Sofía sea adoptada hace esta situación especialmente delicada. En la ausencia de lazos de sangre entre un padre y su hijo, como en el caso de los niños adoptados, compartir la dinámica del día a día es la que crea el vínculo entre ellos. Para un padre adoptivo, la custodia física de su hijo no es una de las maneras de crear un vínculo con su hijo: es la única manera. Porque Sofía es adoptada, quitarle uno de sus padres le quitará, por segunda vez lo que la vida ya le ha quitado una vez: el amor, el confort y la seguridad que sólo un padre y una madre le pueden dar.

Hay incluso connotaciones ética que el colegio de Abogados del condado de Essex debe considerar. El juez Stuart Rabner, quien sirvió de testigo cuando la petición de certificación que sometí a la Corte Suprema fue denegada, tiene el mismo apellido que uno de los abogados que representó a mi ex-esposa, Rabner, Allcorn, Baumgart y Ben-Asher.

Yo nunca he pedido la custodia exclusiva de mi hija. No lo he hecho porque creo firmemente que la custodia exclusiva es algo que perjudica a los niños al negarles uno de sus padres, algo que debe ser evitado y que debe ser adjudicado sólo si uno de los padres representa un peligro para sus hijos. Lo que yo pido es la custodia física compartida de mi hija, de manera que mi hija pueda estar con sus dos padres por igual períodos de tiempo.

En este momento, porque los casos de custodia nunca están cerrados, yo todavía estoy buscando una nueva oportunidad para presentar nuevamente mi petición de custodia delante de otro juez, un juez que sea suficientemente sensible y compasivo como para adjudicar un arreglo de custodia que proteja el bienestar de mi hija. Yo solicito un cambio de juez, porque el juez Claude Coleman, quien ha estado a cargo del caso desde el comienzo, no ha mostrado ningún interés en bregar responsablemente con él, aún cuando sus decisiones no tiene nada que ver con los datos del casos, aún cuando mi ex-esposa se ha llevado a nuestra hija fuera del estado, aún cuando mi ex-esposa ha roto el itinerario de visitas, aún cuando mi ex-esposa ha mudado a nuestra hija fuera del pueblo donde vivía sin discutirlo conmigo.

Yo nunca me voy a rendir en mi lucha por la custodia compartida. No puedo. Mi hija me está esperando.

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