domingo, 8 de marzo de 2009

Contra la custodia exclusiva

Tan cierto como que la custodia compartida beneficia al niño permitiéndole tener contacto significativo con sus padres y beneficia a los padres al preservar el vínculo entre ellos y sus hijos, la custodia exclusiva crea un miríada de problemas y situaciones dañinas que se acumularán y multiplicarán a través de los años. Como se afirma en Beck v. Beck, el caso que establece la custodia compartida en Nueva Jersey:

En años recientes, el concepto de custodia compartida se ha convertido en un tópico, debido mayormente a las percibidas limitaciones de la custodia exclusiva y en reconocimiento de la tendencia moderna compartir la crianza de los en el matrimonio. La custodia exclusive tiende tanto a aislar a los hijos de su padre no-custodio y a colocar una pesada carga financiera y emocional en el padre custodio,(…) El resultado es que la custodia exclusiva le hace un flaco servicio a los mejores intereses del niño. 86 N.J. 486 (1981)

El problema del aislamiento de los hijos de sus padres no-custodios es uno muy serio. La custodia exclusiva degrada al padre no-custodio un tipo secundario de padre, y deja al padre custodia como único padre verdadero.

En Beck v. Beck, el Sr. Beck usó como apoyo profesional de sus reclamos por custodia compartida de sus dos hijas adoptivas, los testimonios del Dr. Warren Clark, un psicólogo escolar, y de la Dra. Judith Greif, una trabajadora social psiquiátrica que ha conducido investigaciones independientes sobre el tema de la custodia compartida. La Corte Suprema del Estado de Nueva Jersey encontró “…racionales los puntos de vista de los doctores. Greif y Clark y por lo tanto adoptó sus conclusiones” (86 N.J. 485 p. 493). El Dr. Clark afirmó que la custodia compartida:

…promovería la relación de los niños con ambos padres y a largo plazo tendría un impacto beneficioso en el desarrollo de las niñas como mujeres jóvenes. Desde su punto de vista, porque las niñas creerían que su madre sería su único padre “real” en el sentido de que tomar decisiones en sus vidas, los meros derechos de visitación otorgados al padre no-custodio (“zoo-daddy”) no serían conducentes al desarrollote una relación padre-hija. (86 N.J. 491)

La custodia exclusiva daña a los niños y a sus padres. Le quita los hijos a sus padres, dejando a estos niños en una situación de orfandad, dejando a ambos desolados, sin aquellas personas que ellos más aman. Por lo tanto, la custodia exclusive debe ser evitada tanto como sea posible.

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